Derecho justinianeo

En el Derecho justinianeo, contrato es todo acuerdo capaz de constituir a una persona en deudora de otra. Refiérese el acuerdo  a toda  suerte de negocios, ya se encaminen a la constitución de obligaciones o de derechos reales, ya a la modificación o extinción de cualquier relación jurídica; de tal modo que bastará que se establezca sobre la cosa y el precio para que surja la obligación, aun cuando ésta pueda quedar aplazada o condicionada por voluntad de las partes, el Consensualismo significó, indudablemente, un avance significativo en la evolución del contrato.

La evolución del contrato  romano,  de  la  cual  hemos hecho un breve esbozo, nos muestra que esta institución tuvo grandes cambios, en sus primeras manifestaciones representado por el nexum, fue excesivamente formal, y restringido a muy pocas situaciones humanas, poco a poco se abrió paso para sustentar bajo su concepto a una mayor diversidad de hechos humanos, así como también fue siendo despojado de la excesiva carga de solemnidad  bajo  la  cual  estuvo  inicialmente  supeditado.  Cuando  definimos  Contrato,  es  la primera y más importante entre las fuentes de las obligaciones en el derecho de la antigua Roma. 

En este sentido, es la manifestación de las voluntades de dos o más personas con el fin de construir, modificar o disolver una relación jurídica, en este sentido, los contratos coinciden con el acto jurídico bilateral, en virtud de la cual una de las partes promete una prestación y la otra acepta la promesa. Existen diferencias entre la definición de Contratos Romanos y Contrato en el Derecho Actual

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